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	<title>Ley archivos - Energía y Ecología</title>
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		<title>¿Qué aprobó la Cámara de Diputados en el dictamen de la Ley General de Aguas?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Hakeem Reddie]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Dec 2025 16:08:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Ecología]]></category>
		<category><![CDATA[agua]]></category>
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		<category><![CDATA[Ley]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Cámara de Diputados avaló en lo particular un paquete de 18 reservas al dictamen de la Ley General de Aguas, así como a la reforma a la Ley de Aguas Nacionales (LAN). Estas modificaciones fueron impulsadas por Morena, PT y PVEM con el propósito de atender las inquietudes de los grupos campesinos que han [&#8230;]</p>
<p>El cargo <a href="https://energiayecologia.mx/ecologia/que-aprobo-la-camara-de-diputados-en-el-dictamen-de-la-ley-general-de-aguas/">¿Qué aprobó la Cámara de Diputados en el dictamen de la Ley General de Aguas?</a> apareció primero en <a href="https://energiayecologia.mx">Energía y Ecología</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="297" data-end="653">La Cámara de Diputados avaló en lo particular un paquete de 18 reservas al <strong data-start="372" data-end="411">dictamen de la Ley General de Aguas</strong>, así como a la reforma a la Ley de Aguas Nacionales (LAN). Estas modificaciones fueron impulsadas por <a href="https://x.com/PartidoMorenaMx" target="_blank" rel="noopener">Morena</a>, PT y PVEM con el propósito de atender las inquietudes de los grupos campesinos que han manifestado su rechazo a la nueva normativa.</p>
<p data-start="655" data-end="941">El dictamen aprobado incorpora ajustes relacionados con los derechos sucesorios del agua, la regularización de pozos de libre alumbramiento y el reconocimiento de los sistemas comunitarios de administración del recurso. También amplía los plazos para solicitar prórrogas de concesiones.</p>
<h2 data-start="948" data-end="1013"><strong data-start="951" data-end="1013">¿Por qué se presentaron nuevas modificaciones al dictamen?</strong></h2>
<p data-start="1015" data-end="1357">El debate se prolongó durante varias horas y generó tensiones entre legisladores de la mayoría y de la oposición. Durante la votación en lo particular, se incorporó el paquete de reservas impulsado por el coordinador de Morena, <a href="https://x.com/RicardoMonrealA" target="_blank" rel="noopener">Ricardo Monreal</a>, que se suma a las 50 modificaciones introducidas al proyecto original desde el viernes anterior.</p>
<p data-start="1359" data-end="1744">Los ajustes buscan aclarar interpretaciones polémicas sobre el alcance del dictamen. Entre las preocupaciones expresadas por diversos sectores estaban la posible retroactividad de la ley, el riesgo de despojo de recursos hídricos y las reglas para heredar concesiones. Las reservas pretenden establecer procedimientos más expeditos y precisos para la reasignación de volúmenes de agua.</p>
<h2 data-start="1751" data-end="1821"><strong data-start="1754" data-end="1821">¿Qué cambia en los derechos de sucesión y transmisión del agua?</strong></h2>
<p data-start="1823" data-end="2103">El artículo 22 de la LAN establece que los derechos de una concesión no pueden transmitirse. Con la nueva redacción, se aclara que los derechos preferentes derivados de transmisión de propiedad, fusiones, escisiones y sucesiones deberán reasignarse conforme al artículo 37 Bis 1.</p>
<p data-start="2105" data-end="2360">La Comisión Nacional del Agua deberá resolver estos trámites mediante procedimientos expeditos en un plazo máximo de 20 días hábiles. También se precisa que la autoridad “reasignará” los volúmenes, lo que implica la obligatoriedad del acto administrativo.</p>
<div class="mceTemp"></div>
<div id="attachment_90320" style="width: 1290px" class="wp-caption alignnone"><img fetchpriority="high" decoding="async" aria-describedby="caption-attachment-90320" class="size-full wp-image-90320" src="https://energiayecologia.mx/wp-content/uploads/2025/12/agua2.jpg" alt="¿Qué cambia en los derechos de sucesión y transmisión del agua?" width="1280" height="720" srcset="https://energiayecologia.mx/wp-content/uploads/2025/12/agua2.jpg 1280w, https://energiayecologia.mx/wp-content/uploads/2025/12/agua2-300x169.jpg 300w, https://energiayecologia.mx/wp-content/uploads/2025/12/agua2-1024x576.jpg 1024w, https://energiayecologia.mx/wp-content/uploads/2025/12/agua2-768x432.jpg 768w" sizes="(max-width: 1280px) 100vw, 1280px" /><p id="caption-attachment-90320" class="wp-caption-text">¿Qué cambia en los derechos de sucesión y transmisión del agua?</p></div>
<h2 data-start="2367" data-end="2436"><strong data-start="2370" data-end="2436">¿Cuáles son los cambios en los plazos y tipos de uso del agua?</strong></h2>
<p data-start="2438" data-end="2656">El artículo 24 amplía el periodo para solicitar la prórroga de concesiones: ahora podrá tramitarse desde tres años antes de su vencimiento y hasta seis meses previos, en lugar de los dos años establecidos inicialmente.</p>
<p data-start="2658" data-end="2828">Además, se añade que las actividades acuícolas se considerarán dentro de los usos que no implican cambio de uso del agua, junto con las actividades agrícolas y pecuarias.</p>
<h2 data-start="2835" data-end="2893"><strong data-start="2838" data-end="2893">¿Qué sanciones nuevas se contemplan en el dictamen?</strong></h2>
<p data-start="2895" data-end="3114">El artículo 123 Bis 3 incrementa las penas de prisión para quienes trasladen aguas nacionales con fines de lucro. Se pasa de un rango de tres a cinco meses, y de seis a ocho meses si el volumen supera los 50 mil litros.</p>
<p data-start="3116" data-end="3357">Otro ajuste relevante se encuentra en el artículo 123 Bis 5, que eleva las penas para servidores públicos que otorguen concesiones o prórrogas a cambio de sobornos. Las sanciones aumentan de un máximo de ocho años a hasta 14 años de prisión.</p>
<h2 data-start="3364" data-end="3449"><strong data-start="3367" data-end="3449">¿Cómo se regulan los pozos de libre alumbramiento y los sistemas comunitarios?</strong></h2>
<p data-start="3451" data-end="3609">El artículo quinto transitorio establece que en los lineamientos para regularizar pozos de libre alumbramiento se deberá evitar el acaparamiento del recurso.</p>
<p data-start="3611" data-end="3796">En el artículo 4 se precisa que cualquier disminución o cancelación de volúmenes concesionados deberá realizarse con valoración técnica y notificación oportuna a las personas usuarias.</p>
<p data-start="3798" data-end="4045">La <strong data-start="3801" data-end="3825">Ley General de Aguas</strong> incorpora un reconocimiento explícito a los sistemas comunitarios de agua y saneamiento administrados por pueblos indígenas y afromexicanos, los cuales se sujetarán a la ley reglamentaria del artículo 2º constitucional.</p>
<h2 data-start="4052" data-end="4114"><strong data-start="4055" data-end="4114">¿Por qué la oposición cuestionó el proceso legislativo?</strong></h2>
<p data-start="4116" data-end="4373">El PRI y el PAN señalaron que las reservas no solucionan los problemas que señalan resolver. Argumentaron que algunas modificaciones benefician más a grandes corporaciones que a pequeños usuarios y cuestionaron la falta de consultas a los pueblos indígenas.</p>
<p data-start="4375" data-end="4644">La mayoría parlamentaria respondió que las críticas se basan en información imprecisa y afirmó que el dictamen no afecta los derechos de los productores. Destacó que ya se realizaron ejercicios de consulta en 2019 durante la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.</p>
<p data-start="4375" data-end="4644">Mantente actualizado con las noticias más relevantes en <a href="https://energiayecologia.mx/" target="_blank" rel="noopener">Energía y Ecología MX.</a></p>
<p>El cargo <a href="https://energiayecologia.mx/ecologia/que-aprobo-la-camara-de-diputados-en-el-dictamen-de-la-ley-general-de-aguas/">¿Qué aprobó la Cámara de Diputados en el dictamen de la Ley General de Aguas?</a> apareció primero en <a href="https://energiayecologia.mx">Energía y Ecología</a>.</p>
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		<title>Ley de Bienestar Animal atorada en el Senado</title>
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		<dc:creator><![CDATA[ferc]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Jul 2022 14:31:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Animales]]></category>
		<category><![CDATA[Ley]]></category>
		<category><![CDATA[Maltrato animal]]></category>
		<category><![CDATA[Mexico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se trata de una iniciativa para expedir la Ley General de Bienestar Animal, cuyo objetivo es dignificar el trato de los animales y sancionar a quienes los maltraten y asesinen.</p>
<p>El cargo <a href="https://energiayecologia.mx/uncategorized/ley-de-bienestar-animal-atorada-en-el-senado/">Ley de Bienestar Animal atorada en el Senado</a> apareció primero en <a href="https://energiayecologia.mx">Energía y Ecología</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Desde octubre de 2021, se encuentra “atorada” sin ser dictaminada en comisiones del <strong>Senado </strong>una iniciativa del senador <strong>Ricardo Monreal</strong> y <strong>Antonio Franyuti</strong>, director general de &#8220;<strong>Animal Héroes</strong>&#8220;, la cual busca regular a los refugios de animales “perseguir de oficio” la crueldad y el maltrato a estos seres vivos .</p>
<p>Se trata de una iniciativa para expedir la<strong> Ley General de Bienestar Animal</strong>, cuyo objetivo es dignificar el trato de los animales y sancionar a quienes los maltraten y asesinen.</p>
<p>La propuesta consta de 57 artículos en la que se amplía la gama de conceptos como el de &#8220;<strong>animal de compañía</strong>, &#8220;<strong>animal destinado para consumo</strong>&#8221; y &#8220;<strong>animal en trabajo</strong>&#8220;, con la finalidad de diferenciar relaciones humano-animal y, por ende, la competencia de las autoridades.</p>
<p>Asimismo, la Ley General de Bienestar Animal busca otorgar certeza jurídica a los ciudadanos sobre su observancia y aplicación; sienta las bases para la creación de un sistema nacional de información, así como la regulación de los refugios, con la imposición de obligaciones adicionales a los tutores a cargo de este tipo de establecimientos.</p>
<p>En México existen diversas leyes y normas en materia de bienestar animal, no obstante, el maltrato y la crueldad hacia los seres vivos no humanos es un hecho recurrente.</p>
<p>Es decir, existe la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, avalada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (<strong>Unesco</strong>) y adoptada por nuestro país; el Código Penal Federal; la Ley de Responsabilidad Ambiental; la Ley Federal de Sanidad Animal (ésta particularmente en materia de prácticas en establecimientos dedicados al procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, como son los rastros); la Ley General de Vida Silvestre; la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; y las leyes y códigos penales en diferentes entidades del país.</p>
<p>En este sentido, casi todas las entidades cuentan con leyes de bienestar animal y tipifican como delito la violencia contra los seres vivos no humanos, con excepción de Chiapas y Tlaxcala, donde el maltrato animal aún no está considerado dentro de sus respectivos códigos penales.</p>
<p>En julio del 2021 el Congreso del <strong>Estado de México</strong> aprobó por unanimidad la iniciativa de la diputada <strong>Elizabeth Millán García</strong>, que endurece las penas por maltrato animal, y lo sanciona de 2 a 4 años de prisión, y en casos de que se fotografié, videograba y/o difunde, la pena aumenta hasta en una mitad.</p>
<p>Además, de 150 a 300 días de multa a quien cause lesiones dolosas a cualquier animal que no constituya plaga, con el propósito, o no, de causarle la muerte.</p>
<p>En junio del 2021, el Congreso del <strong>Estado de Morelia </strong>aprobó penas de tres meses a cuatro años de prisión y multas económicas que van 4 mil hasta 50 mil pesos, a quien perpetre  crueldad, maltrato animal o derivado de este le provoque la muerte y, se multiplicará en caso de reincidencia o se difunda en redes sociales.</p>
<p>Un ejemplo es que un padre de familia que abandona a un perro por no tener posibilidad de seguirse haciendo cargo de él, se haría acreedor  una pena de prisión mínima  de dos años y una multa mínima de 134 mil 340 pesos, mismo caso sería si le cortara las orejas o la cola; tuviera que operarle un veterinario sin administrarle anestesia, entre otras.</p>
<p>El cargo <a href="https://energiayecologia.mx/uncategorized/ley-de-bienestar-animal-atorada-en-el-senado/">Ley de Bienestar Animal atorada en el Senado</a> apareció primero en <a href="https://energiayecologia.mx">Energía y Ecología</a>.</p>
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