Manda AMLO ‘cable’ a la Corte: Pide destrabar reforma eléctrica
El Presidente solicitó a la SCJN revisar las suspensiones que mantienen congelada la modificación a la Ley de la Industria Eléctrica
El Presidente Andrés Manuel López Obrador solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejercer su facultad de atracción, para revisar las suspensiones definitivas otorgadas por dos jueces, que mantienen congelada la reforma legal que da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas.
Según el documento de admisión de la Corte a la solicitud del ejercicio de la facultad de atracción, fechada el pasado 23 de abril, la intención es que sea el máximo órgano de justicia del país el que determine si proceden o no las suspensiones con efectos generales que dictaron los jueces a la entrada en vigor de la reforma.
El Presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, admitió a trámite y turnó a la Segunda Sala la solicitud planteada por López Obrador por conducto de su consejero jurídico, Julio Scherer Ibarra, para que los ministros intervengan de manera extraordinaria y atraigan tres recursos de revisión, actualmente radicados en el Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones.
En esos recursos, el Ejecutivo y el Congreso impugnaron las primeras suspensiones concedidas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro en amparos promovidos por empresas del sector energético, mismas que frenaron, con efectos generales, la vigencia de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), ordenada por López Obrador y publicada el 9 de marzo.
Sin plazo para resolver
La atracción de los recursos no es forzosa, y la Sala no tiene plazo para resolverla, pero es previsible que lo hará antes del receso judicial que inicia el 15 de julio.
Para atraer, al menos tres de los cinco ministros de la Sala tendrán que considerar que la revisión de estas suspensiones es de importancia y trascendencia jurídicas excepcionales.
De ser atraídos los recursos, pasarían algunos meses más para que la Corte resuelva si confirma, modifica o revoca las suspensiones. Si la atracción es rechazada, serán los dos tribunales colegiados especializados los que revisen los fallos de Gómez Fierro y su colega Rodrigo de la Peza, quien concedió suspensiones idénticas.
El artículo 40 de la Ley de Amparo solo faculta al Fiscal General de la República, a los propios ministros y a los tribunales colegiados para plantear a la Corte el ejercicio de su facultad de atracción.
La síntesis del acuerdo de Zaldívar, publicada por la Corte, no lo menciona, pero es posible que el Ministro Presidente hizo suya la solicitud del Ejecutivo, para agilizar su admisión a trámite y ordenar de inmediato al tribunal colegiado que se abstenga de dictar sentencia en los tres recursos.
El lunes 26 de abril, la Corte notificó la admisión a trámite de una acción de inconstitucionalidad promovida por Senadores de oposición, que piden invalidar la misma reforma a la LIE.
Pero esta acción no puede suspender la vigencia de la ley, y su trámite será independiente al de los juicios de amparo, de ahí la importancia de la revisión de las suspensiones que otorgaron los jueces, que son inusuales por tener efectos generales y no solo en favor de cada empresa quejosa.
La reforma ordena privilegiar el despacho de energía generada por plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por encima de privadas de energías renovables.
También amenaza a quienes han obtenido permisos de autoabastecimiento “en fraude a la ley”, y advierte que se revisarán los contratos de la CFE con productores independientes.
Suman 120 amparos contra modificaciones
Hay al menos 120 amparos interpuestos en contra de los cambios a la reforma a la ley de la industria eléctrica (LIE), además de un acto de inconstitucionalidad promovido por los senadores de oposición, por lo que camino aún es largo para su definición y mientras persiste el daño en el ambiente para la inversión, afirmó el presidente de la Comisión de Energía del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Roger González.
“Son más de 100 amparos, 120 si no mal recuerdo. Ya han sido aprobados muchos de suspensión provisional, pero también hay muchos de suspensión permanente”, detalló.
El directivo reconoció que es una pérdida de tiempo porque el sector privado no busca involucrarse en asuntos legales, sino lo que le urge es aplicar sus inversiones para construir la infraestructura que necesita México.
El punto al que se ha llegado de declararse una ley, aunque probablemente sea declarada inconstitucional, ya ha provocado daños en el terreno de las inversiones y la incertidumbre sobre la definición legal de la operatividad seguirá, destacó Roger González.
Expuso que el proceso legal es largo y con varias reglas según los votos que se obtengan si el asunto llega a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Agregó que empresas se están amparando en lo particular por muchas razones legales, y una organización puede tener varias razones legales. Si llega a la SCJN y en su momento hay cambios y se rebota la inconstitucionalidad del cambio en la ley, los amparos particulares pueden seguir teniendo vigencia.
Se necesitan 8 votos de los 11 magistrados que integran la SCJN para declararse la inconstitucionalidad. Si son menos de esos 8 se convierte en un precedente jurídico obligatorio, y si son tres o cuatro votos se convierte en una jurisprudencia.
“Todavía hay un largo camino desde el punto de vista legal, nacional. Falta ver con claridad las repercusiones de las demandas internacionales. Entiendo hay varias empresas trabajando con la aprobación de sus consejos para controversias bajo los acuerdos de libre comercio que tenemos con Europa, el Traspacífico y con América del Norte”, apuntó.